Condenan a Ryanair por cobrar a un abogado y su marido un recargo por volar con equipaje de mano
El Juzgado condena a la aerolínea a abonar a un abogado de FACUA Castilla y León y a su marido los 44,90 euros que tuvieron que pagar para poder subir a la cabina una maleta de pequeñas dimensiones.

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El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid ha condenado a Ryanair a abonar a un abogado de FACUA Castilla y León y a su marido los 44,90 euros que tuvieron que pagar para poder viajar con el equipaje de mano en cabina, más los intereses legales devengados desde que interpusieron la reclamación a la aerolínea.
Se trata de una nueva resolución judicial a favor de los consumidores tras la sanción de 179 millones impuesta a cinco aerolíneas por la Secretaría General de Consumo y Juego como consecuencia de las denuncias que FACUA llevaba años planteando.
La de Valladolid es la tercera sentencia lograda por FACUA en los últimos meses. En diciembre de 2024, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz condenó a Ryanair por este mismo motivo y en febrero de 2025, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de San Sebastián hizo lo propio con Vueling por la misma razón.
Este tipo de demandas no tienen ningún coste para el usuario, ya que no es obligatorio interponerlas con abogado ni procurador. Además, las sentencias deben ser acatadas sin posibilidad de recurso, según la información de FACUA recogida por Europa Press.
En este último caso, el letrado Pablo Gerbolés compró unos billetes para volar junto a su pareja de Valladolid a Barcelona en agosto de 2023. Pagó en total 243,26 euros, de los cuáles 44,90 euros correspondían a un suplemento, que presentan como tarifa Priority, para poder subir a la cabina del avión su equipaje de mano, una maleta de pequeñas dimensiones con elementos básicos como ropa y enseres de uso personal.
Aunque el tamaño de ambos equipajes es lo suficientemente pequeño para poder llevarlo en la cabina, Ryanair lo impide al superar las medidas que unilateralmente ha impuesto para hacerlo de forma gratuita, obligando a pagar un extra si se quiere subir al avión y no facturarlo.
A la vuelta del viaje, el citado abogado inició todo el proceso para reclamar a la aerolínea irlandesa la devolución del dinero que se vieron obligados a pagar. "Estoy acostumbrado a redactar demandas y ayudar a nuestros socios con casos similares por la maleta de mano, así que sabía lo que tenía que hacer", cuenta el afectado.
Como suele ser habitual, Ryanair desestimó la reclamación que Gerbolés presentó al servicio de Atención al Cliente a través de FACUA. A partir de ahí, presentó en junio de 2024 una demanda de juicio verbal que fue admitida a trámite por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid. En dicha demanda, reclamaba a Ryanair lo que era suyo: los 44,90 euros que su marido y él tuvieron que pagar de más a la hora de adquirir sus billetes de avión para poder llevar la maleta consigo.
El pasado 7 de abril llegaba el fallo judicial en el que el magistrado Luis Carlos Tejedor Muñoz estimó las pretensiones de los afectados al considerar que el "equipaje de mano es un elemento indispensable del transporte de los pasajeros" y que su transporte, por consiguiente, "no puede ser objeto de un suplemento de precio".
De este modo, ha condenado a Ryanair a abonar a Pablo Gerbolés y su pareja los 44,90 euros que abonaron por volar con la maleta de mano en cabina, además de las costas y del interés legal desde que se llevó a cabo la reclamación extrajudicial.
"Animo a reclamar a las personas que se vean afectadas por estas prácticas ilegales que cometen las aerolíneas. En FACUA estamos a su disposición para ayudarles en lo que necesiten", concluye Gerbolés.
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